Ocupación de inmueble [Jurisprudencia]

Datos Identificativos

  • Roj: SAP CA 2079/2024
  • ECLI: ES:APCA:2024:2079
  • Id Cendoj: 11012370022024100396
  • Órgano: Audiencia Provincial
  • Sede: Cádiz
  • Sección: 2
  • Fecha: 01/10/2024
  • Nº de Recurso: 28/2024
  • Nº de Resolución: 464/2024
  • Procedimiento: Recurso de apelación
  • Ponente: Concepción Carranza Herrera
  • Tipo de Resolución: Sentencia

Antecedentes del Caso

Contexto del Procedimiento

El recurso de apelación se interpuso contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de San Fernando, en el marco del Juicio Verbal Nº 483/2022. La parte apelante, Doña Mónica, representada por la Procuradora Sra. Cárdenas Pérez y la Letrada Sra. Ariz Laínez, impugnó la resolución que declaraba la situación de precario de la ocupación de una vivienda propiedad de la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 de San Fernando.

Por su parte, la Comunidad de Propietarios, representada y asistida legalmente, solicitaba la confirmación de la sentencia de desahucio, sustentándose en el hecho de que la demandada ocupaba el inmueble sin título que legitimase dicha posesión.

Iniciación y Sustanciación del Recurso

Una vez formulado el recurso en legal forma, los autos fueron remitidos a la Audiencia Provincial, que procedió a la formación del Rollo de Sala para la resolución del mismo. Durante la audiencia, la Sala discutió tanto el fallo de instancia como los fundamentos jurídicos que sustentaban la resolución recurrida.

Fundamentos Jurídicos

Análisis de la Situación de Precario

En la sentencia se analiza que la situación de precario se configura cuando un ocupante usa un inmueble sin contar con título que justifique su posesión y sin abonar renta alguna. En este sentido, se hace referencia a la doctrina y a las respuestas del Tribunal Supremo, el cual ha reiterado que el elemento esencial del precario reside en la falta de título y la carencia de pago.

«La esencia del precario son los hechos negativos de carecer de título los ocupantes de la finca y no pagar merced alguna.» (SSTS de 30/10/1986 y 31/01/1995)

Asimismo, se citan sentencias recientes, como la nº 691/2020, que amplía el concepto reconociendo distintas situaciones en las que puede manifestarse el precario:

  • Ocupación en calidad de tolerancia sin título.
  • Cese de la causa que justificaba el contrato anterior.
  • Ocupación gratuita sin la voluntad expresa del propietario.

La sentencia analiza la falta de elementos probatorios que acrediten un título legítimo en favor de la demandada, destacando que la cesión inicialmente aplicable al marido de la demandada como portero y, posteriormente, a la propia demandada, no se traduce en un derecho reconocible de ocupación en el momento en que se presentó la demanda.

Legitimación Activa y Propiedad Horizontal

Otra cuestión relevante en la resolución es la legitimación activa de la Comunidad de Propietarios para impulsar la acción de desahucio por precario. Se detalla que el inmueble en litigio forma parte de un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal, donde cada piso o local posee titularidad individual y, a la vez, un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes.

El análisis se fundamenta en el artículo 396 del Código Civil, el cual establece que las partes comunes del edificio, tales como el suelo, las cubiertas, las fachadas y demás elementos, no pueden dividirse y deben gestionarse conjuntamente. Esto refuerza la posición de la Comunidad de Propietarios, que mediante acuerdo unánime de la junta de propietarios, está facultada para ejercer la acción de desahucio en ejercicio de su derecho sobre la vivienda ocupada.

Por otro lado, se menciona la aplicación del artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite a la comunidad accionar contra el ocupante sin título válido para justificar la tenencia del inmueble.

Análisis de la Valoración Probatoria

Evaluación de la Prueba Presentada

El tribunal analiza de forma detallada la prueba presentada por ambas partes. La parte apelante alegó un error en la valoración de la prueba y la supuesta falta de legitimación activa de la comunidad. No obstante, el tribunal concluyó que las evidencias aportadas son suficientes para confirmar la situación de precario, puesto que la demandada no acreditó en ningún momento la existencia de un título que respaldase su ocupación del inmueble.

Además, se destaca que la prueba relativa a la relación laboral con la comunidad, contenida en documentos expedidos por la Inspección Provincial de Trabajo en fechas anteriores, no resulta determinante para desmontar la inexistencia de un título de ocupación vigente en el momento del litigio.

Determinación de Costas Procesales

La desestimación del recurso de apelación implica la imposición de las costas del procedimiento a la parte apelante, conforme a lo previsto en el artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El fallo remarca además que contra la sentencia confirmada puede interponerse recurso de casación o recurso extraordinario por infracción procesal, siempre que concurran las circunstancias establecidas en la normativa vigente.

Referencias y Fuente

Para acceder al contenido íntegro de la sentencia y obtener información adicional, se recomienda consultar el siguiente enlace a la fuente oficial:

Fuente: Poder Judicial