Cómo debe ser un gestor de comunidades de vecinos

Cómo debe ser un gestor de comunidades de vecinos

Un gestor de comunidades de vecinos no sólo suele ser responsable del control de gastos y de las incidencias. Debido a las exigencias del mercado actuales, las comunidades suelen buscar administradores de fincas con experiencia en los diversos temas que pueden afectar a una finca. 

Por lo tanto, el gestor de comunidades de vecinos deberá ser un profesional versátil y transversal si quiere dar un servicio que se ajuste a las demandas actuales.

¿Qué funciones tiene el gestor de comunidades de vecinos?

Como ya hemos dicho, la gestión de comunidades de vecinos es una profesión es multidisciplinar y requiere de conocimientos en áreas diferentes, como el derecho, la contabilidad de las comunidades de propietarios, el mantenimiento de los servicios públicos o la organización de las juntas de propietarios.

A tenor de los estipulado en el Artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal un gestor de comunidades de vecinos o administrador de fincas fundamentalmente se encarga de llevar a cabo los siguientes trabajos, a tenor de sus conocimientos y destreza profesional:

  • Estar pendiente del buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
  • Hacer con la antelación necesaria y dar a conocer a la Junta el plan de gastos previsibles, sugiriendo los medios necesarios para hacerlos frente.
  • Atender a la conservación y mantenimiento de la finca, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente, o en su caso, a los propietarios.
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
  • Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad
  • Todas las demás atribuciones que le autorice la Comunidad y que hayan sido autorizadas por la Junta de Propietarios a través de las mayorías exigibles.

¿Qué otras funciones tiene el administrador de fincas?

Aunque la Ley de Propiedad Horizontal tipifica las funciones, lo cierto es que debido a que el mercado cada vez es más exigente, los gestores de comunidades de vecinos realizan más y más funciones.

Ya no solo el cliente solicita que un administrador de fincas asista a juntas de propietarios, transcriba acuerdos y los ejecute. También debe saber sobre subvenciones vigentes, sobre arquitectura, tener habilidades de negociación, buen control de agenda, tener habilidades comunicativas, psicología, etc.

Podríamos enumerar muchas más, pero la realidad es que el administrador de fincas tiene muchas funciones que desempeñar y, en muchos casos, que asumir, según las exigencias actuales y si se queda solo en lo que tipifica la ley el servicio que percibirá el cliente no será satisfactorio.

Poco a poco, veremos cómo un buen administrador de comunidades asumirá las funciones y tareas de un administrador de fincas en una oficina de administración de fincas que quiera crecer.

Los Colegios de administradores de fincas de cada zona geográfica promueven la imagen de un administrador de fincas cualificado precisamente para dar sentido a esta importante función.

¿Debería estar la tecnología presente en la administración de fincas?

El creciente uso de apps por parte de los vecinos de la comunidad para acceder a la información de la comunidad se pone de manifiesto en la aparición de apps gratuitas de comunicación entre los propietarios y ¡la propia finca.

Para los propietarios de las comunidades de vecinos es muy cómodo que la tecnología esté presente en la gestión. Aunque no se debe olvidar que todavía hay gente que, por su edad, no tiene un manejo del mismo y no pueden sentirse privada de derechos por la brecha tecnológica intergeneracional que pueda existir.

Esta es, sin duda, otra línea de trabajo interesante que se debe explorar y valorar a la hora de desarrollar una oficina de administración de fincas o gestionar una junta de propietarios.