Pedir el cese del administrador de una comunidad de vecinos o no renovarlo, es viable. Y en este artículo te contamos la forma de hacerlo.
Qué es un administrador de una comunidad de vecinos
El órgano de administración de una comunidad, por ley, debe ejercerse por el presidente de la misma. Aunque normalmente , suele delegarse a nivel profesional a favor de administradores de fincas titulados y colegiados.
Duración del cargo de administrador
Predeterminado por la Ley de Propiedad Horizontal, ésta establece que el cargo de secretario-administrador de una finca que está en régimen de división horizontal, tendrá una duración de un año.
Este plazo coincide con la anualidad de los cargos que tienen los órganos de gobierno de comunidad de propietarios.
El administrador de fincas es un tercero profesional, al igual que puede ser el mantenimiento de ascensores o limpieza y mantiene una relación de prestación de servicios profesionales con la comunidad.
Es frecuente en el sector encontrar administradores sin contratos pero es debido a que la propia ley marca su duración de un año.
Esta relación profesional podría ser diferente si tiene un contrato que marque na duración diferente a la forma anual.
No queremos renovar el cargo del administrador
Pasado el período de duración pactado en un contrato o, en su defecto, el plazo anual establecido por ley, se entenderá que el cargo y la prestación de servicio quedará extinguido, debiendo renovarse.
Si el administrador tiene un contrato, habrá que atender al contrato para avisar en el tiempo y forma que se pactó con él.
En caso de no tener contrato, será en la propia junta de propietarios ordinaria el lugar donde se decidirá si el administrador continúa. Se puede hacer constar dicho punto en la convocatoria o no.
Dado que en la renovación de los cargos gestores se incluiría también el del propio administrador.
Echar al administrador sin Junta de Propietarios
Debemos tener en cuenta que si el cargo de administrador se renueva de forma tácita, por pura continuidad o porque nadie en la junta ordinaria dijo nada, pero pasado un tiempo si se le quiere cesar, este estaría en su derecho de reclamar una indemnización por el intervalo de tiempo sobrante de sus servicios profesionales.
En el caso de tener un contrato firmado, habrá que revisar qué dice la cláusula a ese respecto, si es que existe alguna.
El cese del administrador de fincas
Cuando nos referimos a un cese, estamos hablando hablado de echar o despedir al gestor antes que termine su mandato o servicio profesional en el período pactado o el plazo anual estipulado en la Ley.
El cese del secretario-administrador se tratará, como ya se ha apuntado antes, en una junta de propietarios indicando en el orden del día el asunto que se va a tratar, que en este caso sería: «Valorar el cese del adminsitrador».
La decisión deberá someterse a la votación por la junta, según las mayorías establecidas en el art. 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
El cese del administrador de la comunidad de propietarios se acuerda por la doble mayoría de dueños y de coeficientes, según lo predeterminado en dicho artículo.
Más relacionado con órganos de Gobierno, Reuniones y Gestión Interna:
- Reunión de comunidad de vecinos: Todos los detalles
- Composición del órgano de gobierno de una comunidad de propietarios
- Valor de las abstenciones para la contabilización de las mayorías
- Requisitos de la autorización de representación de un propietario
- El administrador contrata los servicios comunes con autorización del presidente
- Dimisión del presidente de una comunidad de vecinos
- El presidente no quiere convocar la junta de propietarios
- El presidente de la comunidad de vecinos no hace nada
- Cómo debe ser un gestor de comunidades de vecinos
- Cómo corregir errores en un libro de actas
- Estatutos en comunidad de propietarios
- ¿Puedo asistir a junta si no tengo la escritura todavía?
Particularidades a tener en cuenta en el no renovación o cese del administrador
Si queremos cesar al administrador de fincas sin esperar a la convocatoria de la junta ordinaria anual, se podrá realizar a través de una convocatoria de junta extraordinaria.
Los cargos designados podrán ser quitados o removidos de su rol antes de la expiración del mandato mediante el acuerdo de la Junta de propietarios.
En la convocatoria de la junta, se deben mostrar los motivos por los que se pretende echar o despedir al gestor.
En la situación que no se puedan acreditar adecuadamente, se deberá indemnizar al gestor por el plazo sobrante hasta la finalización de su cargo.
La junta extraordinaria podrá ser convocada por el presidente de la comunidad de vecinos.
También se puede convocar por el 25% los dueños que deben representar al menos un 25% de las cuotas de participación.
La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar las cuenta y también se puede reunir de forma extraordinaria cuando considere necesario.